EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMERÍA
ÁREA DE CULTURA, CINE E IDENTIDAD ALMERIENSE
Servicio Jurídico y Administrativo
ANUNCIO DE NOTIFICACIÓN A LOS AYUNTAMIENTOS
De conformidad con lo dispuesto en el art. 45.1 b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el art. 12 del Reglamento de Administración Electrónica de esta Diputación de Almería, mediante el presente anuncio se notifica lo siguiente:
Por acuerdo núm. 16, de Junta de Gobierno de fecha 15 de junio de 2026, ha quedado aprobada la “Ampliación de los Programas Culturales 2026”, en la forma que a continuación se transcribe:
“AMPLIACIÓN DE LOS PROGRAMAS CULTURALES 2026”
Por el Secretario se da cuenta, a tenor de lo que dispone el artículo 97 en relación con el 134 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Corporación, de la propuesta dela Delegada del Área de Cultura, Cine e Identidad Almeriense, de fecha 10 de junio de 2026
El Pleno de la Diputación Provincial de Almería, en sesión ordinaria celebrada el día 2 de febrero de 2026, mediante acuerdo número 5, aprueba el Plan Provincial de Cultura, Cine e Identidad Almeriense destinado a asistir a los ayuntamientos de la provincia, especialmente a los de menor capacidad técnica y económica.
El Plan, que desarrolla los Programas que se llevaran a cabo por los Departamentos Técnicos del Área, entre ellos, los Programas de Animación Cultural, contempla: objetivos, metodología de elaboración, planificación de los Departamentos, contenidos de los programas, procedimiento de solicitud de participación de los ayuntamientos, criterios de selección, indicadores de evaluación, instrumentos para la publicidad y difusión de las actuaciones y presupuesto de gastos del Área de Cultura, Cine e Identidad Almeriense.
El Plan Provincial de Cultura, Cine e Identidad Almeriense de 2026 en su página 37, indica que, desde el Área de Cultura, Cine e Identidad Almeriense, se viene apoyando, desde hace años, proyectos y actividades municipales que por su naturaleza o contenido tienen un interés cultural o institucional de carácter excepcional y que se enmarcan dentro de las distintas áreas de actuación y programas de este Plan Provincial.
Los objetivos que se pretenden conseguir con esta línea de apoyo a proyectos culturales de carácter municipal e institucional son:
· Atender las necesidades culturales de los municipios de la provincia de Almería.
· Posibilitar la participación de los diferentes grupos sociales, mediante el acceso a nuevas manifestaciones culturales.
· Promover actividades que favorezcan la recuperación de las manifestaciones culturales autóctonas y su promoción.
· Difundir y poner en valor el patrimonio cultural de la provincia, facilitando a los ciudadanos el conocimiento general de la misma.
La organización territorial de los servicios culturales de la Diputación de Almería es un modelo de actuación que se caracteriza por ser:
· Organizado. Crea un marco de relación con los distintos entes locales que tenga objetivos comunes en materia de cultura.
· Desconcentrado y descentralizado. Gestionan la promoción y animación cultural a todos los municipios de la provincia desde los cuatro centros territoriales, ubicados en la provincia.
· Flexible. Pueden existir distintas formas de relación político-administrativa con los municipios de la provincia.
La organización de los servicios va encaminada a:
a) Establecer una línea de apoyo y relación con los municipios de hasta 20.000 habitantes para:
- Apoyar económicamente los programas de estos Ayuntamientos dentro de los conceptos y forma que se establezcan (convenio, convocatoria…)
- Apoyar mediante recursos humanos y materiales las posibles necesidades de programas de gran formato.
- Establecer líneas de coordinación y colaboración entre todos los ayuntamientos de esta franja de habitantes para que se puedan establecer/crear programas conexionados entre estos municipios.
- Con los municipios de hasta 10.000 habitantes se configuraron cuatro zonas territoriales de actuación
- Con los municipios comprendidos entre los 10.001 y 20.000 habitantes se establece una relación de apoyo a sus programaciones culturales, a través de los centros territoriales o bien de los servicios centrales del área.
b) Crear una relación con los Ayuntamientos mayores de 20.000 habitantes, especialmente a través de programas y actividades de marcado carácter provincial.
Esta organización, dirigida especialmente a los municipios de menor capacidad económica y de gestión, pretende conseguir un equilibrio intermunicipal y atender a todas las dimensiones de la cultura.
Los destinatarios del servicio prestado por los Centros Territoriales, son los ayuntamientos de los municipios de la provincia de Almería y de la entidad local de Fuente Victoria, en materia de animación y promoción cultural.
Mediante acuerdo núm. 21 adoptado por la Junta de Gobierno, en su sesión ordinaria de 20 de abril de 2026, se aprobaron los programas de animación cultural 2026 y autorización del gasto, por importe de ciento once mil novecientos cuarenta y cinco euros con cuarenta y siete céntimos (111.945,47€) con cargo a la aplicación 8000 334 22612 “Programa de Animación Cultural en Zonas”.
Programas y gasto que se hace imprescindible incrementar debido a las solicitudes formuladas por diversos Ayuntamientos. Por lo que, desde esta Área de difusión cultural, se van a aumentar y realizar programas de dinamización social y cultural, conjuntamente con los ayuntamientos que lo han solicitado, y entre los que se ha tenido en cuenta para su selección: a) que cuenten con espacios escénicos adecuados para la realización de las actividades de forma óptima y b) que las actividades tengan un claro ámbito comarcal o provincial y participen público y colectivos de toda la provincia. Siendo los seleccionados, los siguientes: programa de dinamización social y cultural con el Ayuntamiento de Vera; VI Festival “Antas Rock” con el Ayuntamiento de Antas; Centenario de la glorieta de Íllar, con el Ayuntamiento de Íllar; Festival del Levante Almeriense: Acordes, con el ayuntamiento de Mojácar.
Asimismo, para responder a la solicitud formulada por la Asociación de Colombianos “Almería para todos”, se van a realizar talleres municipales de cuentos y danzas interculturales latino africano, en los siguientes municipios que lo han solicitado: Almócita, Antas, Bayárcal y Castro de Filabres.
En este sentido, el Jefe de Departamento de Gestión y Animación Cultural, ha emitido informe con fecha 14 de mayo de 2026, en relación a la ampliación de la realización de programas de animación cultural de 2026 y a la aprobación del gasto en la cantidad de treinta y seis mil euros (36.000,00 €) con cargo a la aplicación presupuestaria 8000 334 22612 “Programas de animación cultural en zonas” del vigente presupuesto general provincial. Para atender y poder desarrollar y ejecutar los proyectos y programas de animación cultural señalados.
Asimismo, el precitado informe contiene la fundamentación, las áreas de actuación, los municipios participantes, destinatarios, actuaciones a desarrollar, criterios de valoración y presupuesto de gastos.
Indicando en el mismo que “...La Difusión Cultural, como acción de divulgar o propagar conocimientos, actitudes, costumbres, etc… y en general, todos los aspectos de la cultura, entendida ésta como un conjunto de conocimientos y grado de desarrollo artístico que permite a las personas desarrollar su juicio crítico.
Es por ello, que se propone realizar programas que tengan como fin potenciar la oferta cultural en aquellos aspectos artísticos y culturales existentes, como pueda ser el teatro, el cine, la música, el folclore, … respondiendo así a las demandas tanto de los responsables políticos como de la población en general.
Los objetivos de esta Área son:
· Ofrecer actividades de teatro, cine, música… a todos los ciudadanos de las comarcas que integran la zona de trabajo. Conseguir una programación cultural estable durante todo el año en la zona de trabajo.
· Establecer canales de información que favorezcan la participación en las actividades culturales (…)
5.-RESUMEN PRESUPUESTARIO
La distribución presupuestaria es la siguiente:
1.-PROYECTOS CULTURALES DE CARÁCTER MUNICIPAL DE INTERÉS PROVINCIAL
ÁREA DE DIFUSIÓN CULTURAL.-Programa de dinamización social y cultural de Vera…. 10.000,00€
-Festival Antas Rock 4.000,00€
-Centenario de la glorieta de Íllar 4.000,00€
-Festival del Levante Almeriense “Acordes” 12.000,00€
TOTAL 30.000,00€
2.-PROYECTOS CULTURALES CON ENTIDADES E INSTITUCIONES DE CARÁCTER PROVINCIAL
-Talleres de cuentos y danzas Latino-africanos 6.000,00€
TOTAL 6.000,00€”
En base a la orden de proceder de la Diputada del Área, de fecha 19 de mayo de 2026, se constata la tramitación del procedimiento correspondiente al expediente de referencia.
Las contrataciones que se deriven de la ejecución del programa de Animación Cultural deberán tramitarse conforme al procedimiento establecido en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (en adelante LCSP).
Se tramita el expediente en ejercicio de la competencia propia de asistencia a los municipios para la promoción de la cultura, que corresponde a la Diputación Provincial. La Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía, y la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local (en adelante LRBRL), en sus artículos 92 y 25.2.m, respectivamente, que establecen las competencias propias de los municipios, entre las que incluye, la promoción de la cultura. Competencia que también es reconocida por la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía (en adelante LAULA), en su artículo 9.17, que indica que corresponde a los municipios la planificación y gestión de actividades culturales y promoción de la cultura.
La Diputación Provincial de Almería, de conformidad con los artículos 96.3 de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía, 36.1.b) de la LRBRL, y 11 de la LAULA, es competente para prestar asistencia a los ayuntamientos de la provincia que lo han solicitado mediante el desarrollo de programas y actividades dirigidos a la promoción de la cultura en los municipios.
Obra en el expediente, en sentido favorable, el preceptivo informe a que se refiere el artículo 172 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, de 28 de noviembre de 1986, así como el de la Intervención Provincial.
Considerando lo anterior, en virtud de las facultades delegadas por Resolución de la Presidencia número 3.081, de fecha 1 de diciembre de 2025.
LA JUNTA DE GOBIERNO en votación ordinaria, por unanimidad de los/as nueve Diputados/as asistentes a la sesión, ACUERDA:
1º) Aprobar la ampliación del Programa de Animación Cultural 2026, y la asignación de los programas de animación cultural que les corresponden, conforme a lo especificado en la parte expositiva, así como el proyecto cultural con Entidad e Institución de especial relevancia social, etnográfica y cultural, que se incluye en la presente ampliación del Programa de Animación Cultural, 2026.
2º) Autorizar un gasto de treinta y seis mil (36.000,00 €) euros, con cargo a la aplicación 8000 334 22612 “Programa de Animación Cultural en Zonas” del vigente presupuesto general provincial.
3º) Comunicar a los Ayuntamientos y Entidades seleccionadas que tienen la obligación de:
- Llevar cabo todas las acciones necesarias para el cumplimiento de lo establecido en la legislación vigente relativa a: espectáculos públicos, actividades recreativas de Andalucía y accesibilidad en las infraestructuras.
- Incluir la imagen corporativa de la Diputación de Almería, en cualquier material de información, publicidad y promoción que produzcan, sobre los programas en los que participan.
4º) Realizar la notificación del acuerdo mediante publicación en el tablón de anuncios electrónico de la web de esta Diputación.”
Lo que le notifico para su conocimiento y efectos, con la salvedad prevista en el artículo 206 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2.568/1.986, de 28 de noviembre, en el sentido de que aún no ha sido aprobada el acta que contiene este acuerdo y que, por tanto, el contenido de este documento queda a reserva de los términos que resulten de su aprobación.
Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa podrá ese organismo interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Almería en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su notificación, conforme a lo previsto en el artículo 46 en relación con el artículo 8, ambos de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LRJCA).
No obstante, podrá dirigirse requerimiento previo ante el mismo órgano que lo dictó, en el plazo de dos meses, contado desde el día siguiente al de su comunicación, conforme a lo previsto en el artículo 44 de la citada LRJCA. El requerimiento se entenderá rechazado si dentro del mes siguiente a su recepción, esta Diputación no lo contestara.
JEFE DEL SERVICIO JURÍDICO Y ADMINISTATIVO DE CULTURA, CINE E IDENTIDAD ALMERIENSE
FDO: ANTONIO GUZMÁN FERNÁNDEZ PÉREZ